Políticas y Procedimientos
Programas Federales
El gobierno federal ofrece a Linwood Public Charter School múltiples subvenciones para garantizar que todos los estudiantes tengan una educación justa, equitativa y de alta calidad. También se prestan servicios a administradores, profesores, personal de apoyo, estudiantes, padres y la comunidad en general.
Si tiene preguntas, póngase en contacto con Cassaundra Anderson, Coordinadora de Subvenciones Federales canderson@linwoodcharter.org
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Título I - Parte A
Mejorar los programas básicos
Acogimiento familiar
Garantizar que los estudiantes en régimen de acogida experimenten una interrupción educativa mínima como resultado de la colocación en un hogar de acogida y reciban las mismas oportunidades que sus compañeros para desarrollar las habilidades necesarias para tener éxito en la escuela y en la vida.
Programa McKinney-Vento de educación para estudiantes y jóvenes sin hogar
Proporciona servicios de apoyo a los estudiantes que experimentan la falta de vivienda; crea una mayor conciencia y sensibilidad del personal de Linwood Public Charter School sobre las formas de identificar a los estudiantes que pueden estar experimentando la falta de vivienda; y proporciona servicios adicionales a estos estudiantes para aumentar sus posibilidades de éxito académico.
Participación de padres y familias El compromiso de los padres y las familias incluye una comunicación regular, bidireccional y significativa que implique el aprendizaje académico de los alumnos y otras actividades escolares. La colaboración familia-escuela es un proceso cooperativo de planificación que reúne al personal de Linwood Public Charter School, padres, estudiantes y miembros de la comunidad para maximizar los recursos para el logro y desarrollo de los estudiantes.
Garantizar que los estudiantes en régimen de acogida experimenten una interrupción educativa mínima como resultado de la colocación en un hogar de acogida y reciban las mismas oportunidades que sus compañeros para desarrollar las habilidades necesarias para tener éxito en la escuela y en la vida.
Programa McKinney-Vento de educación para estudiantes y jóvenes sin hogar
Proporciona servicios de apoyo a los estudiantes que experimentan la falta de vivienda; crea una mayor conciencia y sensibilidad del personal de Linwood Public Charter School sobre las formas de identificar a los estudiantes que pueden estar experimentando la falta de vivienda; y proporciona servicios adicionales a estos estudiantes para aumentar sus posibilidades de éxito académico.
Participación de padres y familias El compromiso de los padres y las familias incluye una comunicación regular, bidireccional y significativa que implique el aprendizaje académico de los alumnos y otras actividades escolares. La colaboración familia-escuela es un proceso cooperativo de planificación que reúne al personal de Linwood Public Charter School, padres, estudiantes y miembros de la comunidad para maximizar los recursos para el logro y desarrollo de los estudiantes.
Título II - Parte A
Apoyo a una enseñanza eficaz
El propósito del Título II, Parte A es aumentar el rendimiento académico de los estudiantes de acuerdo con los exigentes estándares académicos estatales, mejorar la calidad y la eficacia de los educadores, aumentar el número de educadores que son eficaces en la mejora del rendimiento académico de los estudiantes en las escuelas, y proporcionar a los estudiantes de bajos ingresos y de minorías un mayor acceso a educadores eficaces.
Título IV - Parte A
Becas de apoyo a los estudiantes y de enriquecimiento académico
El objetivo del Título IV, Parte A, es mejorar el rendimiento académico de los estudiantes proporcionándoles acceso a una educación integral, mejorando las condiciones escolares para el aprendizaje de los estudiantes y mejorando el uso de la tecnología con el fin de mejorar el rendimiento académico y la alfabetización digital de todos los estudiantes.
Título IX
A continuación encontrará información pública importante relativa al Título IX.
Programas de la Ley de Educación de Personas con Discapacidad (IDEA)
El objetivo de la Ley de Educación de Personas con Discapacidades (IDEA) es garantizar que todos los alumnos con discapacidades reciban una educación pública gratuita y adecuada que incluya educación especial y servicios afines diseñados para satisfacer sus necesidades específicas. Esto incluye, entre otras cosas, proteger los derechos de los estudiantes con discapacidades y sus familias; proporcionar herramientas para mejorar los resultados educativos de los estudiantes con discapacidades apoyando las actividades de mejora del sistema, y apoyar la preparación del personal.
Políticas y Procedimientos
Programas Federales
El gobierno federal ofrece a Linwood Public Charter School múltiples subvenciones para garantizar que todos los estudiantes tengan una educación justa, equitativa y de alta calidad. También se prestan servicios a administradores, profesores, personal de apoyo, estudiantes, padres y la comunidad en general.
Si tiene preguntas, póngase en contacto con Cassaundra Anderson, Coordinadora de Subvenciones Federales canderson@linwoodcharter.org
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Título I - Parte A
Mejorar los programas básicos
Acogimiento familiar
Garantizar que los estudiantes en régimen de acogida experimenten una interrupción educativa mínima como resultado de la colocación en un hogar de acogida y reciban las mismas oportunidades que sus compañeros para desarrollar las habilidades necesarias para tener éxito en la escuela y en la vida.
Programa McKinney-Vento de educación para estudiantes y jóvenes sin hogar
Proporciona servicios de apoyo a los estudiantes que experimentan la falta de vivienda; crea una mayor conciencia y sensibilidad del personal de Linwood Public Charter School sobre las formas de identificar a los estudiantes que pueden estar experimentando la falta de vivienda; y proporciona servicios adicionales a estos estudiantes para aumentar sus posibilidades de éxito académico.
Participación de padres y familias El compromiso de los padres y las familias incluye una comunicación regular, bidireccional y significativa que implique el aprendizaje académico de los alumnos y otras actividades escolares. La colaboración familia-escuela es un proceso cooperativo de planificación que reúne al personal de Linwood Public Charter School, padres, estudiantes y miembros de la comunidad para maximizar los recursos para el logro y desarrollo de los estudiantes.
Garantizar que los estudiantes en régimen de acogida experimenten una interrupción educativa mínima como resultado de la colocación en un hogar de acogida y reciban las mismas oportunidades que sus compañeros para desarrollar las habilidades necesarias para tener éxito en la escuela y en la vida.
Programa McKinney-Vento de educación para estudiantes y jóvenes sin hogar
Proporciona servicios de apoyo a los estudiantes que experimentan la falta de vivienda; crea una mayor conciencia y sensibilidad del personal de Linwood Public Charter School sobre las formas de identificar a los estudiantes que pueden estar experimentando la falta de vivienda; y proporciona servicios adicionales a estos estudiantes para aumentar sus posibilidades de éxito académico.
Participación de padres y familias El compromiso de los padres y las familias incluye una comunicación regular, bidireccional y significativa que implique el aprendizaje académico de los alumnos y otras actividades escolares. La colaboración familia-escuela es un proceso cooperativo de planificación que reúne al personal de Linwood Public Charter School, padres, estudiantes y miembros de la comunidad para maximizar los recursos para el logro y desarrollo de los estudiantes.
Título II - Parte A
Apoyo a una enseñanza eficaz
El propósito del Título II, Parte A es aumentar el rendimiento académico de los estudiantes de acuerdo con los exigentes estándares académicos estatales, mejorar la calidad y la eficacia de los educadores, aumentar el número de educadores que son eficaces en la mejora del rendimiento académico de los estudiantes en las escuelas, y proporcionar a los estudiantes de bajos ingresos y de minorías un mayor acceso a educadores eficaces.
Título IV - Parte A
Becas de apoyo a los estudiantes y de enriquecimiento académico
El objetivo del Título IV, Parte A, es mejorar el rendimiento académico de los estudiantes proporcionándoles acceso a una educación integral, mejorando las condiciones escolares para el aprendizaje de los estudiantes y mejorando el uso de la tecnología con el fin de mejorar el rendimiento académico y la alfabetización digital de todos los estudiantes.
Título IX
A continuación encontrará información pública importante relativa al Título IX.
Programas de la Ley de Educación de Personas con Discapacidad (IDEA)
El objetivo de la Ley de Educación de Personas con Discapacidades (IDEA) es garantizar que todos los alumnos con discapacidades reciban una educación pública gratuita y adecuada que incluya educación especial y servicios afines diseñados para satisfacer sus necesidades específicas. Esto incluye, entre otras cosas, proteger los derechos de los estudiantes con discapacidades y sus familias; proporcionar herramientas para mejorar los resultados educativos de los estudiantes con discapacidades apoyando las actividades de mejora del sistema, y apoyar la preparación del personal.
Política educativa para los sin techo
Si tiene preguntas, póngase en contacto con
Talya Scroggins, Enlace con los sin techo
tscroggins@inwoodcharter.org
Talya Scroggins, Enlace con los sin techo
tscroggins@inwoodcharter.org
Descargar Sin techo
Política educativa
Política educativa
DOE Título VII Personas sin hogar
Formulario de remisión de la Ley de Asistencia
Formulario de remisión de la Ley de Asistencia
Linwood Public Charter School proporcionará un entorno educativo que trate a todos los estudiantes con dignidad y respeto. Todos los alumnos sin hogar tendrán acceso a las mismas oportunidades educativas gratuitas y adecuadas.
Este compromiso con los derechos educativos de los niños, jóvenes y jóvenes no acompañados sin hogar se aplica a todos los servicios, programas y actividades proporcionados o puestos a disposición.
Un estudiante puede ser considerado elegible para los servicios como un "Niño o Joven sin Hogar" en virtud de la Ley McKinney Vento de Asistencia a Personas sin Hogar si él o ella está viviendo actualmente:
Matricula inmediata: Los niños y jóvenes sin hogar serán matriculados inmediatamente en la escuela, con o sin la documentación requerida (incluida la vacunación). El personal de la escuela hará todo lo posible para ayudar a la familia a obtener los registros requeridos en una fecha posterior, si es necesario (y / o ayudar al niño a obtener las vacunas requeridas). La documentación y la cartilla de vacunación no pueden constituir un obstáculo para la escolarización.
Selección de escuela: Los estudiantes elegibles para McKinney Vento tienen derecho a seleccionar entre las siguientes escuelas:
Participar en programas: No se separará a los niños del entorno escolar ordinario por su situación de vida. Participarán en los programas a los que tengan derecho, incluidos los programas de tutoría del Título I, el Programa Nacional de Almuerzos Escolares, etc.
Servicios de Transporte: Un estudiante elegible McKinney-Vento que asiste a su Escuela de Origen tiene derecho a transporte hacia y desde la Escuela de Origen.
Resolución de conflictos: En caso de desacuerdo con los funcionarios escolares sobre la inscripción, el transporte o el trato justo de un niño o joven sin hogar, se puede presentar una queja ante la oficina de la LEA. Debe responder e intentar resolver el conflicto. Durante la disputa, el alumno será matriculado y se le proporcionará transporte hasta que se resuelva el asunto. El enlace para personas sin hogar ayudará a la familia en el proceso de toma de decisiones, le informará de cualquier proceso de apelación y le ayudará a cumplimentar cualquier formulario de disputa.
De conformidad con el Título X, Parte C, Sección 722 (g) LPCS, enlace para los niños y jóvenes sin hogar, se asegurará:
Para más información, póngase en contacto con Talya Scroggins en tscroggins@inwoodcharter.org.
Este compromiso con los derechos educativos de los niños, jóvenes y jóvenes no acompañados sin hogar se aplica a todos los servicios, programas y actividades proporcionados o puestos a disposición.
Un estudiante puede ser considerado elegible para los servicios como un "Niño o Joven sin Hogar" en virtud de la Ley McKinney Vento de Asistencia a Personas sin Hogar si él o ella está viviendo actualmente:
- En un albergue - Estudiante que vive en albergues temporales (Ej.) Albergue para personas sin hogar, Albergue para víctimas de violencia doméstica, Programas de vivienda transitoria o Colocaciones temporales en hogares de acogida.
- Alojamiento compartido - Estudiante que comparte temporalmente el alojamiento de otras personas (amigos o familiares) debido a la pérdida de la vivienda, dificultades económicas o una razón similar.
- Sin techo - Estudiantes que viven en edificios abandonados, campings y vehículos, parques de caravanas inadecuados, estaciones de autobús y tren viviendas precarias o abandonados en el hospital.
- En un hotel/motel - Estudiante que vive temporalmente en un hotel o motel debido a la falta de alojamiento alternativo adecuado.
Matricula inmediata: Los niños y jóvenes sin hogar serán matriculados inmediatamente en la escuela, con o sin la documentación requerida (incluida la vacunación). El personal de la escuela hará todo lo posible para ayudar a la familia a obtener los registros requeridos en una fecha posterior, si es necesario (y / o ayudar al niño a obtener las vacunas requeridas). La documentación y la cartilla de vacunación no pueden constituir un obstáculo para la escolarización.
Selección de escuela: Los estudiantes elegibles para McKinney Vento tienen derecho a seleccionar entre las siguientes escuelas:
- La escuela a la que asistía cuando estaba alojado permanentemente (Escuela de origen)
- La última escuela en la que estuvo matriculado (Escuela de origen)
- La escuela de la zona de asistencia en la que reside actualmente el alumno (Escuela de residencia)
Participar en programas: No se separará a los niños del entorno escolar ordinario por su situación de vida. Participarán en los programas a los que tengan derecho, incluidos los programas de tutoría del Título I, el Programa Nacional de Almuerzos Escolares, etc.
Servicios de Transporte: Un estudiante elegible McKinney-Vento que asiste a su Escuela de Origen tiene derecho a transporte hacia y desde la Escuela de Origen.
Resolución de conflictos: En caso de desacuerdo con los funcionarios escolares sobre la inscripción, el transporte o el trato justo de un niño o joven sin hogar, se puede presentar una queja ante la oficina de la LEA. Debe responder e intentar resolver el conflicto. Durante la disputa, el alumno será matriculado y se le proporcionará transporte hasta que se resuelva el asunto. El enlace para personas sin hogar ayudará a la familia en el proceso de toma de decisiones, le informará de cualquier proceso de apelación y le ayudará a cumplimentar cualquier formulario de disputa.
De conformidad con el Título X, Parte C, Sección 722 (g) LPCS, enlace para los niños y jóvenes sin hogar, se asegurará:
- Los niños y jóvenes sin hogar son identificados por el personal escolar y mediante actividades de coordinación con otras entidades y organismos;
- Los niños y jóvenes sin hogar se matriculan y tienen una oportunidad plena y equitativa de tener éxito en la escuela de esa agencia educativa local;
- Las familias, niños y jóvenes sin hogar reciben los servicios educativos para los que dichas familias, niños y jóvenes son elegibles, incluidos los programas preescolares administrados por la agencia educativa local, y derivaciones a servicios de atención sanitaria, servicios dentales, servicios de salud mental y otros servicios apropiados;
- Los padres o tutores de los niños y jóvenes sin hogar son informados de las oportunidades educativas y de servicios relacionados disponibles para sus hijos y se les proporcionan oportunidades significativas para participar en la educación de sus hijos;
- La notificación pública de los derechos educativos de los niños y jóvenes sin hogar se difunde en los lugares donde dichos niños y jóvenes reciben servicios en virtud de esta ley, como escuelas, refugios familiares y comedores de beneficencia;
- Mediación en los litigios de matricula; y
- Los padres o tutores de un niño o joven sin hogar, y cualquier joven no acompañado, está plenamente informado de todos los servicios de transporte, incluido el transporte a la escuela de origen, y es asistido en el acceso al transporte.
Para más información, póngase en contacto con Talya Scroggins en tscroggins@inwoodcharter.org.
Política educativa para los sin techo
Si tiene preguntas, póngase en contacto con
Talya Scroggins, Enlace con los sin techo
tscroggins@inwoodcharter.org
Talya Scroggins, Enlace con los sin techo
tscroggins@inwoodcharter.org
Descargar Sin techo
Política educativa
Política educativa
DOE Título VII Personas sin hogar
Formulario de remisión de la Ley de Asistencia
Formulario de remisión de la Ley de Asistencia
Linwood Public Charter School proporcionará un entorno educativo que trate a todos los estudiantes con dignidad y respeto. Todos los alumnos sin hogar tendrán acceso a las mismas oportunidades educativas gratuitas y adecuadas.
Este compromiso con los derechos educativos de los niños, jóvenes y jóvenes no acompañados sin hogar se aplica a todos los servicios, programas y actividades proporcionados o puestos a disposición.
Un estudiante puede ser considerado elegible para los servicios como un "Niño o Joven sin Hogar" en virtud de la Ley McKinney Vento de Asistencia a Personas sin Hogar si él o ella está viviendo actualmente:
Matriculación inmediata: Los niños y jóvenes sin hogar serán matriculados inmediatamente en la escuela, con o sin la documentación requerida (incluida la vacunación). El personal de la escuela hará todo lo posible para ayudar a la familia a obtener los registros requeridos en una fecha posterior, si es necesario (y / o ayudar al niño a obtener las vacunas requeridas). La documentación y la cartilla de vacunación no pueden constituir un obstáculo para la escolarización.
Selección de escuela: Los estudiantes elegibles para McKinney Vento tienen derecho a seleccionar entre las siguientes escuelas:
Participar en programas: No se separará a los niños del entorno escolar ordinario por su situación de vida. Participarán en los programas a los que tengan derecho, incluidos los programas de tutoría del Título I, el Programa Nacional de Almuerzos Escolares, etc.
Servicios de Transporte: Un estudiante elegible McKinney-Vento que asiste a su Escuela de Origen tiene derecho a transporte hacia y desde la Escuela de Origen.
Resolución de conflictos: En caso de desacuerdo con los funcionarios escolares sobre la inscripción, el transporte o el trato justo de un niño o joven sin hogar, se puede presentar una queja ante la oficina de la LEA. Debe responder e intentar resolver el conflicto. Durante la disputa, el alumno será matriculado y se le proporcionará transporte hasta que se resuelva el asunto. El enlace para personas sin hogar ayudará a la familia en el proceso de toma de decisiones, le informará de cualquier proceso de apelación y le ayudará a cumplimentar cualquier formulario de disputa.
De conformidad con el Título X, Parte C, Sección 722 (g) LPCS, enlace para los niños y jóvenes sin hogar, se asegurará:
Para más información, póngase en contacto con Talya Scroggins en tscroggins@inwoodcharter.org.
Este compromiso con los derechos educativos de los niños, jóvenes y jóvenes no acompañados sin hogar se aplica a todos los servicios, programas y actividades proporcionados o puestos a disposición.
Un estudiante puede ser considerado elegible para los servicios como un "Niño o Joven sin Hogar" en virtud de la Ley McKinney Vento de Asistencia a Personas sin Hogar si él o ella está viviendo actualmente:
- En un albergue - Estudiante que vive en albergues temporales (Ej.) Albergue para personas sin hogar, Albergue para víctimas de violencia doméstica, Programas de vivienda transitoria o Colocaciones temporales en hogares de acogida.
- Alojamiento compartido - Estudiante que comparte temporalmente el alojamiento de otras personas (amigos o familiares) debido a la pérdida de la vivienda, dificultades económicas o una razón similar.
- Sin techo - Estudiantes que viven en edificios abandonados, campings y vehículos, parques de caravanas inadecuados, estaciones de autobús y tren viviendas precarias o abandonados en el hospital.
- En un hotel/motel - Estudiante que vive temporalmente en un hotel o motel debido a la falta de alojamiento alternativo adecuado.
Matriculación inmediata: Los niños y jóvenes sin hogar serán matriculados inmediatamente en la escuela, con o sin la documentación requerida (incluida la vacunación). El personal de la escuela hará todo lo posible para ayudar a la familia a obtener los registros requeridos en una fecha posterior, si es necesario (y / o ayudar al niño a obtener las vacunas requeridas). La documentación y la cartilla de vacunación no pueden constituir un obstáculo para la escolarización.
Selección de escuela: Los estudiantes elegibles para McKinney Vento tienen derecho a seleccionar entre las siguientes escuelas:
- La escuela a la que asistía cuando estaba alojado permanentemente (Escuela de origen)
- La última escuela en la que estuvo matriculado (Escuela de origen)
- La escuela de la zona de asistencia en la que reside actualmente el alumno (Escuela de residencia)
Participar en programas: No se separará a los niños del entorno escolar ordinario por su situación de vida. Participarán en los programas a los que tengan derecho, incluidos los programas de tutoría del Título I, el Programa Nacional de Almuerzos Escolares, etc.
Servicios de Transporte: Un estudiante elegible McKinney-Vento que asiste a su Escuela de Origen tiene derecho a transporte hacia y desde la Escuela de Origen.
Resolución de conflictos: En caso de desacuerdo con los funcionarios escolares sobre la inscripción, el transporte o el trato justo de un niño o joven sin hogar, se puede presentar una queja ante la oficina de la LEA. Debe responder e intentar resolver el conflicto. Durante la disputa, el alumno será matriculado y se le proporcionará transporte hasta que se resuelva el asunto. El enlace para personas sin hogar ayudará a la familia en el proceso de toma de decisiones, le informará de cualquier proceso de apelación y le ayudará a cumplimentar cualquier formulario de disputa.
De conformidad con el Título X, Parte C, Sección 722 (g) LPCS, enlace para los niños y jóvenes sin hogar, se asegurará:
- Los niños y jóvenes sin hogar son identificados por el personal escolar y mediante actividades de coordinación con otras entidades y organismos;
- Los niños y jóvenes sin hogar se matriculan y tienen una oportunidad plena y equitativa de tener éxito en la escuela de esa agencia educativa local;
- Las familias, niños y jóvenes sin hogar reciben los servicios educativos para los que dichas familias, niños y jóvenes son elegibles, incluidos los programas preescolares administrados por la agencia educativa local, y derivaciones a servicios de atención sanitaria, servicios dentales, servicios de salud mental y otros servicios apropiados;
- Los padres o tutores de los niños y jóvenes sin hogar son informados de las oportunidades educativas y de servicios relacionados disponibles para sus hijos y se les proporcionan oportunidades significativas para participar en la educación de sus hijos;
- La notificación pública de los derechos educativos de los niños y jóvenes sin hogar se difunde en los lugares donde dichos niños y jóvenes reciben servicios en virtud de esta ley, como escuelas, refugios familiares y comedores de beneficencia;
- mediación en los litigios de matriculación; y
- Los padres o tutores de un niño o joven sin hogar, y cualquier joven no acompañado, está plenamente informado de todos los servicios de transporte, incluido el transporte a la escuela de origen, y es asistido en el acceso al transporte.
Para más información, póngase en contacto con Talya Scroggins en tscroggins@inwoodcharter.org.